La sentencia arremete contra el juez Del Olmo al señala que la clausura del medio no tenía "cobertura constitucional directa" y dice que un periódico "no es una empresa cualquiera".- Califica las tesis de las acusaciones de "mera especulación"
JOSÉ YOLDI - Madrid - 12/04/2010
Siete años después, la Audiencia Nacional ha absuelto a Martxelo Otamendi, Ignacio María Uria, Juan María Torrealdai, José María Auzmendi y Javier Oleagalos, los cinco imputados en el denominado caso Egunkaria, directivos del diario en euskera del mismo nombre clausurado por el juez Juan del Olmo por su presunta integración en ETA y contra los que la Fiscalía, finalmente, no presentó acusación alguna al estimar que no estaba acreditada su vinculación a la banda terrorista.
La sentencia, hecha pública esta mañana, entiende que la línea informativa del periódico "permitía descartar que el periódico fuera un instrumento para la comisión de delitos". El tribunal presidido por el magistrado Javier Gómez Bermúdez arremete contra el juez que decretó el cierre del diario, Juan del Olmo, y dice que su decisión es "de difícil encaje en nuestro ordenamiento". Y abunda: "La suspensión provisional no tiene cobertura constitucional directa pues solo se regula el secuestro como injerencia de los poderes públicos en la actividad de publicaciones y otros medios de información, medida que exige una resolución judicial motivada protegiendo así los derechos relacionados con la libertad de expresión e información y prohíbe todo tipo de censura previa".
"El cierre provisional o temporal de Euskaldunon-Egunkaria", continúa la sentencia, "no tenía habilitación constitucional directa y carecía de norma legal especial y expresa que la autorizara. El artículo 129 del Código Penal pudiera ser una cobertura incierta e insuficiente porque un periódico diario no admite ser considerado como una empresa cualquiera".
La sentencia prosigue que "entre los hecho probados no se ha acreditado que parte alguna del capital social fuera de procedencia ilícita ni desvío o envío de fondos o activos de clase alguna desde la sociedad editora del diario" a ETA.
A Del Olmo también le dice el texto que "la estrecha y errónea visión sergún la cual todo lo que tenga que ver con el euskera y la cultura en esa lengua tiene que estar fomentado y/o controlado por ETA conduce a una errónea valoración de datos y hechos y a la inconsistencia de la imputación".
Martxelo Otamendi, antiguo director del diario Egunkaria y actual director del diario Berria, asegura que la decisión es muy positiva aunque teme que haya recurso ante el Tribunal Supremo: "Cuidado que esto no se ha acabado". "Han sido siete años de calvario y por fin se hace justicia. En Egunkaria nos limitábamos a hacer un diario en euskera, al servicio del idioma, y nunca tuvimos ninguna relación con ETA", explica en conversación telefónica con EL PAÍS. Otamendi hace una valoración "muy positiva" de la sentencia y mañana, junto al resto de los absueltos, dará una rueda de prensa.
La sentencia también critica a las acusaciones populares, representadas por la asociación Dignidad y Justicia y la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), de cuyas tesis dice que "contiene una subordinada que pretende justificar la dificultad probatoria según la cual lo que se ve no es lo que parece y lo que se ve no es lo que es porque ETA procuró elegir para liderar el proyecto a personas que no tuvieran una clara vinculación con la banda y la izquierda abertzale para, engañando a la sociedad, controlar el proceso sin que se identificara con la banda".
Y continúa: "Esta última tesis carece de todos sustento probatorio, es mera especulación y como tal es rechazada". Finalmente acusa a esta asociaciones de invertir el proceso inductivo: "Primero se ha decidido cuál es la conclusión de la que se predica sin base que es indiscutible y luego se buscan las señales, vestigios e indicios y por último se rechaza cualquier sentido de estos que no apoye la conclusión".
"Las acusaciones no han probado que los procesados tengan la más mínima relación con ETA, lo que por sí determina la absolución con todos los pronunciamientos favorables", concluye".
Tampoco se ha acreditado directa ni indirectamente "que el periódico haya defendido los postulados de la banda terrorista, haya publicado un solo artículo a favor del terrorismo o de los terroristas ni que su línea editorial tuviese siquiera un sesgo político determinado. Esto último, además, no sería delictivo".
Penas de 12 a 14 años
Para los cinco acusados las acusaciones populares pedían penas de entre 12 y 14 años de prisión a raíz de varios documentos intervenidos a la dirección de la banda terrorista entre 1990 y 1993 que, en su opinión, demostraban la vinculación económico-financiera entre la organización terrorista y el periódico, creado en 1990.
Sin embargo, la Fiscalía pidió en diciembre de 2006 el archivo del proceso al no poderse acreditar "ni que el periódico sea fuente de financiación de ETA, ni que sea instrumento de blanqueo de capitales ilícitos procedentes de la banda". El pasado 1 de febrero, cuando el juicio quedó visto para sentencia, el fiscal Miguel Angel Carballo reiteró su petición de absolución porque, afirmó, durante los 13 años de publicación de Egunkaria "no se ha encontrado una noticia, un artículo, ni una línea que demuestre que a ETA le servía para algo". Tras la clausura de Euskaldunon Egunkaria en 2003, el 4 de noviembre de 2004 el entonces titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Juan del Olmo, procesó a siete directivos del periódico por formar parte, en calidad de fundadores y promotores, "de una asociación ilícita subordinada a ETA".
Pese a que en 2007 la sala dictó la apertura de juicio oral para siete responsables del diario, el pasado julio retiró del procedimiento a Xabier Alegría y a Pedro Zubiria, ya que el primero está condenado en el sumario 18/98 por integración terrorista, y para el segundo ha prescrito el delito pues dejó de trabajar en el rotativo en 1991.
En otra pieza separada del sumario principal, el Juzgado Central de Instrucción número 6 ha investigado la causa relativa a las irregularidades en las cuentas de las sociedades mercantiles creadas alrededor del diario y en la que han sido procesados ocho miembros del Consejo de Administración del periódico. En este caso, tanto la Fiscalía como la asociación Dignidad y Justicia ejercen la acusación y piden para los ocho procesados penas de entre 13 y 26 años de cárcel y multas de entre 21 y 33 millones de euros.
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